La exención tributaria Tiene lugar cuando una norma contempla que en aquellos supuestos expresamente previstos en Ley, no obstante producirse el hecho imponible, no se desarrolle su efecto principal: el deber de pagar el tributo u obligación tributaria. Exención tributaria subjetiva: Cuando la exención está dada a determinados sujetos (Personas). Por ejemplo, el artículo 8 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, que indica que el impuesto no debe cargarse a las personas siguientes : Los centros educativos públicos y privados , en lo que respecta a matricula de inscripción, colegiaturas, derechos de examen y transporte terrestre proporcionado a escolares, siempre que éste no sea prestado por terceras personas. Las universidades autorizadas para funcionar en el país. La Confederación Deportiva Autónoma de Guatemala y el Comité Olímpico Guatemalteco. El Instituto Guatemalteco de Seguridad Social. Las misiones diplomáticas y consulares acreditadas ante el Gobierno ...
Auditores, Consultores y Abogados